domingo, 13 de julio de 2014

“Políticas públicas en materia de seguridad social y la pobreza en México”




“Políticas públicas en materia de seguridad social y la pobreza en México”
Rodrigo Samavarti Landgrave Tellez

 


La seguridad social en México se ha convertido en uno de los temas de suma importancia dentro de nuestra sociedad puesto que ha experimentado dificultades. Uno de los problemas fundamentales que enfrenta la seguridad social en México, es que no ha podido proporcionar protección a las clases sociales más débiles de nuestra sociedad, ocasionando que muchos mexicanos se vean rezagados en sus derechos sociales.
Los derechos sociales constituyen un elemento característico en los Estados democráticos y de aquellos que reconocen un Estado de derecho como elemento primordial de protección a los derechos fundamentales. Estos derechos constituyen ciertas normas esenciales de protección a los grupos sociales desprotegidos y marginados, como los obreros y los campesinos.
Uno de los elementos de nuestro sistema económico que ha ocasionado el rezago de los derechos sociales, es el neoliberalismo o la mundialización, que ha traído como consecuencia fuertes cambios tecnológicos, ocasionando que sea cada día menos necesaria la mano de obra y a su vez, ha suscitado una reducción en la protección social debido a los intentos por parte del gobierno de promover la competitividad y atraer la inversión extranjera.
Los países en “vía de desarrollo”, como es el caso de México, ha generado que exista una fuerte brecha en cuanto a ingreso salarial, dando origen a amplios grupos vulnerables que no  pueden cotizar a los regímenes de seguridad social, teniendo en cuenta que dichos grupos vulnerables, muchas veces son personas discapacitadas o personas de edad avanzada que no cuentan con un respaldo familiar y que no han podido hacer previsiones para sus propias pensiones.
El uso de las políticas públicas en México se ha convertido en una especie de herramienta para la solución de un problema social que muchas veces no puede resolverse a través de un marco jurídico que lo regule, es por eso necesaria la implementación de dichos instrumentos, pero ¿Qué son las políticas públicas?, Carlos Salazar Vargas las define de la siguiente manera:
Las políticas públicas son las sucesivas respuestas del Estado (del régimen político o del gobierno en turno) frente a situaciones socialmente problemáticas […]. Las políticas públicas forman parte de toda una batería de soluciones específicas, concretas y determinadas, destinadas al manejo de ciertos asuntos públicos que se catalogan como “situaciones socialmente problemáticas”[1].
Las políticas públicas son cursos de acción destinadas a la solución de problemas de interés público, las cuales se concretan en un conjunto de acciones y decisiones fundamentalmente por el gobierno para establecer programas de desarrollo social.
Para poder elaborar una política pública el primer elemento que se debe tomar en cuenta es la definición del problema público, es decir, ¿Qué tipos de problemas sociales afectan a bien común? Porque si no afectan a una buena parte de la ciudadanía, no tiene caso la implementación de una política pública. El establecimiento de una política pública se debe caracterizar porque afecta a una gran parte de la ciudadanía, como es el caso de la seguridad social.
La relación que existe entre una política pública y la pobreza parte de la persistente desigualdad económica, siendo una problemática que enfrenta el Estado mexicano para generar alternativas de inclusión y movilidad social entre los distintos sectores de la población.
La marginación y la pobreza en México de acuerdo a catedráticos como Gregorio Iñiguez, sus orígenes se remontan debido a que existe “una forma de control por parte del Estado a favor de las clases dominantes, denominados “burgueses” aprovechándose del poder y control de los recursos que tienen[2]”, dando a entender que día a día los funcionarios públicos de nuestro país se enriquecen a costa del pueblo, de sus impuestos y de sus bajos salarios.
Gregorio Iñiguez establece que “el derecho  no vino a conciliar intereses sino a imponerse imperativa y coactivamente a la clase detentadora de los medios de producción, esto es, a la burguesía[3]”, de alguna u otra forma el autor tiene cierta parte de razón puesto que el derecho mexicano del trabajo funciona sobre un cierto mínimo de garantías sociales a favor de los trabajadores, susceptibles de ser mejoradas a través de contratos individuales y colectivos. Sin embargo hay beneficios limitados en dichos contratos como son: los salarios raquíticos, que muchas veces al obrero no le alcanza para satisfacer sus necesidades básicas y a su vez, la aportación patronal al fondo de vivienda.
En los países capitalistas como es el caso de México, el poder y la riqueza pertenecen a un grupo reducido de personas. Todos ellos aspiran constantemente a aumentar sus riquezas, invirtiendo parte de sus ganancias en la compra de nuevas máquinas, materia prima, parcelas de tierra, entre otros elementos para incrementar su capital.
La pobreza en México es una realidad que se vive día a día y que es necesario establecer políticas públicas para tratar de disminuir ésta. La pobreza como la define CONEVAL “está asociada a condiciones de vida que vulneran la dignidad de las personas, limitan sus derechos y libertades fundamentales, impiden la satisfacción de sus necesidades básicas e imposibilitan su plena integración social[4]”. La forman en que viven los mexicanos refleja la obligación del gobierno federal sobre las necesidades básicas humanas, los no pobres oficiales (ósea aquellos que superan la línea de la pobreza “patrimonial”) pasan a segundo plano por parte del gobierno federal puesto que ya no se encuentran en situación de “pobreza extrema”.
La Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos en su artículo 123 contempla un abanico de derechos sociales, entre los cuales se encuentran: el derecho al trabajo, al salarío mínimo, el derecho al tiempo libre, la protección de los menores y la asistencia social. Estas estipulaciones –desde mi punto de vista- no se cumplen debido a que no toda la población económicamente activa tiene acceso al trabajo, no toda la población asalariada recibe un ingreso igual o superior al mínimo y este a su vez, es insuficiente para satisfacer las necesidades básicas de su familia.
Los derechos sociales de los mexicanos reconocidos en nuestra Constitución y en leyes secundarias, tienen ciertas limitaciones, pero sobre todo muchos de esos derechos son letra “muerta”, es decir, no se aplican en la realidad social.
La pobreza generalmente se asocia con la carencia de bienes y servicios, con la insatisfacción de necesidades básicas humanas, que como establecería Julio Boltvinik “la pobreza es un testimonio de derechos humanos incumplidos, de falta de respeto a la dignidad humana[5]”, pero, ¿cómo podemos definir quienes son pobres y quienes no?, nuevamente el autor nos dice que para poder establecer un índice de pobreza podemos utilizar seis elementos, siendo estos los siguientes:
1.       El ingreso corriente
2.       El patrimonio familiar
3.       Los activos no básicos y la capacidad de endeudamiento del hogar
4.       El acceso a los bienes y servicios gratuitos
5.       El tiempo libre disponible para el descanso
6.       Los conocimientos de las personas[6]
Estos seis elementos constituyen elementos importantes para poder establecer no de una manera exacta pero lo más cercano a la realidad, que personas se encuentran en el umbral de la pobreza extrema y que personas tienen “satisfechas” sus necesidades básicas.
Dentro de toda sociedad, el Estado debe garantizar a los individuos un nivel de vida mínimo y debe cumplir con las necesidades individuales, asegurando a todos sus habitantes un ingreso suficiente para satisfacerlas y hacer frente a los principales problemas de la vida humana, es decir, a la vejez, la enfermedad, el desempleo, entre otros elementos. Poner en práctica la implementación de una política pública en materia de seguridad social debe establecer como idea principal la igualdad de oportunidades para cualquier individuo en la sociedad, dando a entender que dicha “igualdad” consiste en otorgar a los individuos la capacidad de obtener ingresos que satisfagan sus necesidades básicas.
Las políticas públicas en materia de seguridad social (o políticas sociales como luego se les suele llamar) deben ser entendidas como un conjunto de medidas destinadas a asegurar la satisfacción mínima de las necesidades básicas humanas y a su vez, el desarrollo del Estado de Bienestar. Para la construcción plena del Estado de Bienestar, como menciona Octavio Carlos Portilla Marcial debe cumplir con los siguientes requisitos:
El Estado de bienestar […] debe ser aquel que proteja o cobije a todos aquellos sectores de la sociedad que las fuerzas del mercado hayan excluido y segregado del desarrollo. Esta protección consistiría en el suministro de recursos, bienes y servicios hacia el mayor número de población que lo requiriera[7].
Las políticas públicas en materia de seguridad social deben ser un verdadero instrumento que apoye a aquel grupo de individuos que se encuentre imposibilitado ya sea por cuestiones físicas, mentales o inclusive de edad, para conseguir por sí mismos un bienestar integral para poder satisfacer sus necesidades básicas.
El continuo y cada vez más grande número de personas imposibilitadas para desarrollarse plenamente en nuestra sociedad mexicana, hace necesaria la participación del Estado dentro de la seguridad social, que dote de instrumentos necesarios a los individuos para que puedan satisfacer sus necesidades básicas humanas, pero esto se torna  cada día más difícil, puesto que el neoliberalismo en nuestro país busca intereses particulares y no sociales, reflejándose dicho problema no solamente en la seguridad social sino también es aspectos económicos, políticos, ambientales, entre otros.










Fuentes consultadas
1.- Salazar Vargas, Carlos, La definición de política pública en: http://www.fundacionpreciado.org.mx/biencomun/bc209/C_Salazar.pdf, [en línea], consultado el 8 de mayo del 2014 a las 14:24 hrs.
2.- Iñiguez Romero, Gregorio “La pobreza en nuestro México” en: http://www.eumed.net/rev/cccss/07/gir.pdf, [en línea], consultado el 8 de mayo del 2014 a las 15:10 hrs.
3.- CONEVAL “Metodología para la medición multidimensional de la pobreza en México” en: http://www.coneval.gob.mx/rw/resource/Metodologia_Medicion_Multidimensional.pdf, [en línea] consultado el 8 de mayo del 2014 a las 16:40 hrs.
4.- Boltvinik, Julio  y Damian Araceli, Derechos humanos y medición oficial de la pobreza en México, Red de revistas científicas de América Latina y el Caribe Ciencias Sociales y Humanidades, p.106.
5.- Boltvinik, Julio  y Damian Araceli, La pobreza en México y en el mundo, editorial Siglo XXI, 2001, pp. 439-440.
6.- Portilla Marcial, Carlos Octavio, “Política social: del Estado de bienestar al Estado neoliberal, las fallas recurrentes en su aplicación” en: http://www.redalyc.org/pdf/676/67681607.pdf, [en línea], consultado el 9 de mayo del 2014 a las 10:20 hrs. 



[1] Salazar Vargas, Carlos, La definición de política pública en: http://www.fundacionpreciado.org.mx/biencomun/bc209/C_Salazar.pdf, [en línea], consultado el 8 de mayo del 2014 a las 14:24 hrs.
[2] Iñiguez Romero, Gregorio “La pobreza en nuestro México” en: http://www.eumed.net/rev/cccss/07/gir.pdf, [en línea], consultado el 8 de mayo del 2014 a las 15:10 hrs.
[3] Ibidem.
[4] CONEVAL “Metodología para la medición multidimensional de la pobreza en México” en:
http://www.coneval.gob.mx/rw/resource/Metodologia_Medicion_Multidimensional.pdf, [en línea] consultado el 8 de mayo del 2014 a las 16:40 hrs.
[5] Boltvinik, Julio  y Damian Araceli, Derechos humanos y medición oficial de la pobreza en México, Red de revistas científicas de América Latina y el Caribe Ciencias Sociales y Humanidades, p.106.
[6] Boltvinik, Julio  y Damian Araceli, La pobreza en México y en el mundo, editorial Siglo XXI, 2001, pp. 439-440.
[7] Portilla Marcial, Carlos Octavio, “Política social: del Estado de bienestar al Estado neoliberal, las fallas recurrentes en su aplicación” en: http://www.redalyc.org/pdf/676/67681607.pdf, [en línea], consultado el 9 de mayo del 2014 a las 10:20 hrs.  

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